El argumento es que “dar a conocer la información concreta sobre cuestiones específicas como el número de inserciones y costo particular de cada una de ellas, podría generar especulación sobre las tarifas que el Gobierno del Estado obtiene por estos conceptos, y como consecuencia de su difusión, los proveedores exigirían condiciones superiores a las que tradicionalmente se pactan, señalando como justificante para dichos incrementos los comparativos de las contra prestaciones que se pacten con terceros”.
En el documento se da cuenta de que la determinación es avalada por el Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato que, el 21 de abril del 2008, emitió el siguiente criterio general:
“La contratación que los sujetos obligados por la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Guanajuato, celebren con los medios de comunicación impresos y electrónicos, podrá ser reservada por tres años la información concerniente a la negociación y contratación a partir de la fecha de la firma de los contratos”.
JVMG
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