27 de junio de 2008

La burda campaña del duopolio televisivo

Javier Corral Jurado

La SCJN firme en la defensa de la Constitución; gran debate entre Ministros.

* Rechaza la Corte, Acción de Inconstitucionalidad en Reforma Electoral.
- La burda campaña del duopolio televisivo y las mentiras de algunos intelectuales, no la intimidan .

Frente a la campaña de desprestigio y manipulación que se ha puesto en marcha por el duopolio televisivo en contra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y las mentiras descaradas y falsificaciones que despliegan algunos de los intelectuales que participan en el llamado grupo de los 15, es fundamental ir a las fuentes de información original y no dejarse engañar: hay que consultar directamente la versión estenográfica de la sesión de la Corte.

Se está actuando de mala fé. He aquí la versión completa de los argumentos de los Ministros, y la declaración inicial del Presidente de la Corte, Don Guillermo Ortíz Mayagoitia, sobre el tema de la consulta:

México D.F., 25 de junio de 2008.

SOBRESEE PLENO DE SCJN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA ELECTORAL

• El presidente de la SCJN ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, informó que no se realizaron audiencias públicas sobre el tema, porque primero habría que determinar si esas acciones eran procedentes o improcedentes.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Convergencia y Nueva Alianza contra la reforma en materia electoral, debido a que las acciones son improcedentes por no ser un medio de control constitucional para impugnar reformas a la carta magna.

Ello, debido a que el procedimiento de reforma constitucional no es susceptible de control jurisdiccional, porque lo encuentra en el propio procedimiento legislativo del Congreso de la Unión y las legislaturas locales.

Se determinó, además, que la acción de inconstitucionalidad es un medio para controlar la constitucionalidad de leyes ordinarias, más no de la Constitución federal.

Asimismo, se precisó que la acción de inconstitucionalidad es improcedente porque los partidos políticos tienen delimitado estrictamente el ejercicio de ese medio de control constitucional en leyes electorales federales o locales.

Al iniciar la sesión, el presidente del Tribunal Constitucional, ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, informó que no se realizaron audiencias públicas sobre el tema, porque primero habría que determinar si esas acciones eran procedentes o improcedentes.

Por técnica procesal y jurídica, explicó, era necesario dejar en claro si se daba origen a un juicio de constitucionalidad o debían desecharse las acciones, y precisó que la Presidencia del Alto Tribunal recibió diversas peticiones de audiencias públicas sobre el tema.

El ministro Ortiz Mayagoitia destacó que en el Alto Tribunal se da un trato equitativo a todos los promoventes, sin distinción alguna, y en todos los casos que se resuelven se da el mismo proceso.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Tienes razon al decir en el comenario del blog que es un poder enorm., y yo diria más que es el mas grande actualmente, y el poder de la "propaganda" es lo mejor que se puede utilizar como forma de "alelar" al pueblo.