11 de julio de 2008

Necesario, debatir públicamente Ley Electoral

Una representación del Comité Directivo y del Consejo Consultivo de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, encabezada por Javier Corral y Miguel Angel Granados Chapa, fue recibida este viernes al mediodía por el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Guillermo Ortiz Mayagoitia, en el edificio alterno ubicado en Avenida Revolución.

La cita fue solicitada para entregarle personalmente al Ministro Ortiz Mayagoitia una carta firmada por cerca de cincuenta intelectuales, juristas, académicos, periodistas, escritores, artistas, actores y productores, todos miembros de la AMEDI, con el objeto de plantear su respaldo a la reforma constitucional que en materia electoral prohibe la contratación de propaganda en radio y televisión a particulares.

Se trata de un texto que también contiene puntualizaciones a los organismos y ciudadanos que han presentado amparos en contra de la reforma electoral, y les plantea un debate público sobre la materia.

El documento fue discutido y respaldado en forma unánime en la reunión que para el efecto se convocó un día antes en un conocido restaurante de la Ciudad de México, y se hará llegar a cada uno de los Ministros de la SCJN.

Entre otras consideraciones rechaza la campaña de denostación del duopolio televisivo sobre nuestro tribunal constitucional: “Nos parece que las presiones por parte de algunos medios de comunicación inconformes con la reforma constitucional -algunas de ellas sustentadas en infundios e intimidaciones- que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y sus Ministros han recibido en fechas recientes, son absolutamente inaceptables. La autonomía y soberanía de la Corte no deben ser vulneradas por poder alguno. También nos parece que los plazos legales y los ritmos de trabajo de la Corte y sus ministros tienen que ser respetados en este, como en cualquier otro tema que sea puesto a su consideración”.

La carta está firmada por Carmen Aristegui Flores, Alberto Aziz Nassif, Jorge Carpizo MacGregor, Jaime Cardenas Gracia, Felipe Cazals, Miguel Angel Granados Chapa, José Antonio Crespo, Javier Corral Jurado, Denise Dresser, Raúl Trejo Delarbre, Beatriz Solís Leree, Jesús Cantú Escalante, Lorenzo Cordova Vianello, Francisco José Paoli Bolio, Pedro Salazar Ugarte, José Woldenberg Karakovsky, Gustavo Reyes Terán, Francisco Toledo, Cristina Romo, Nestor García Canclini, Miguel Concha Malo, Gael García Bernal, Daniel Giménez Cacho, Carlos Ortiz Tejeda, Loretta Ortiz Ahlf, Raúl Padilla López, Alejandro Madrazo Lajous, Inna Payan, Aleida Calleja, Gabriel Sosa Plata, Mónica Lozano, Gustavo Reyes Terán, Virgilio Caballero Pedraza, Ernesto Velásquez, Luis Javier Solana y Teresa Gómez Mont.

¿Y las otras voces?

Javier Corral Jurado

Se agita en estos días una querella intelectual sobre los efectos de la prohibición constitucional para que terceros contraten publicidad en radio y televisión, orientada a influir en las preferencias electorales. De un lado, un grupo de intelectuales alza la bandera de la libertad de expresión, para ellos amenazada al limitar la libertad de comercio, y del otro, voces también de enorme prestigio justifican la restricción a la compra de spots publicitarios por particulares, en nombre de la equidad que reclama la democracia.

El punto de vista de los primeros ha encontrado en las empresas televisoras y radiofónicas del país una cobertura intensa y extensa; sus argumentos se propagan como si sus palabras salieran de la Biblia misma, “lo dijo Aguilar Camín”. Los argumentos y las ideas de los que defienden la reforma -desplegados en brillantes artículos periodísticos- se han topado con la censura, el veto reiterado y la exclusión en la pantalla televisiva. Y nada han dicho los libertarios sobre los censurados. Parece que no causa extrañeza que no haya contrapunto.

Es complejo creer en la buena fe -ya no digo en la razón, que me parece les falta- de quienes defienden la libertad de expresión coexistiendo con la censura. Una discusión sobre la constitucionalidad de la reforma electoral y sus consecuencias para la libertad de expresión lo menos que debiera suscitar es un debate, sí, en los mismos medios de comunicación que tan pródigos en descalificaciones y tan ayunos en argumentos y elementos informativos se han ofrecido a sus audiencias al tratar este tema. Un debate entre los ciudadanos a quienes la opinión pública les reconoce luces brillantes, y no deben contemporizar con el manejo soviético de la televisión comercial.

Bien por Héctor Aguilar Camín, que ha escrito dos deslindes: uno sobre el manejo que del tema ha hecho TV Azteca y otro sobre las presiones indebidas hacia la Suprema Corte, lo que confirma su talante de intelectual y demócrata. Pero, ¿y Televisa? ¿Y el resto de los intelectuales libertarios?

No son bandos, ni se organiza la crítica o la defensa de la reforma electoral de acuerdo a las formaciones tradicionales de los grupos intelectuales mexicanos, o desde las revistas culturales y políticas que acogen a esos pensadores. Se entremezclan miembros de distintas corrientes en uno y otro lados; pero unos tienen televisión y otros no. ¿No les dice esto algo a los que presentaron el amparo en defensa de la libertad de expresión? ¿No tendría más impacto también defender la libertad de los demás? ¿Preguntarse por los dos comunicadores de mayor prestigio y audiencia del país expulsados hasta la fecha de la radio? ¿Por los vetados, los linchados, los perseguidos por la televisión?

Profesor de la FCPyS de la UNAM

10 de julio de 2008

La carta que Reforma no publicó

Los editores del diario Reforma decidieron censurar la carta que dirigí a ese periódico en respuesta a un artículo del sr. Jaime Sánchez Susarrey, en donde se me menciona de manera calumniosa y que apareció el sábado 5 de julio en ese y otros diarios del mencionado grupo editorial.

Aunque había convenido con un funcionario del diario el espacio que podría tener mi respuesta, los editores del periódico consideraron posteriormente que era demasiado extensa. La Ley de Imprenta, en su artículo 27, establece que los periódicos están obligados a publicar respuestas de las personas aludidas en artículos aparecidos en ellos siempre y cuando no tengan una extensión mayor al doble del texto en donde se hizo tal alusión. La respuesta que envié a Reforma tenía exactamente las mismas dimensiones del texto de Sánchez Susarrey.

Me parece que la decisión de Reforma es una actode censura. Además, al negarse a publicar mi rectificación, los editores de ese diario convalidan las descalificaciones que me dirigió Sánchez Susarrey.

Creo que es muy preocupante que un diario con reputación de seriedad como la que ha querido construir

Reforma viole la Ley de Imprenta de manera tan flagrante.

Al final de este texto reproduzco la carta censurada por Reforma. Les pido a quienes estén de acuerdo con mi derecho a responder a las alusiones que se me hicieron en ese periódico que se sirvan reenviar este correo a todas las personas que consideren pertinente.

Finalmente, les ofrezco una disculpa a quienes reciban este mensaje en más de una ocasión.


Raúl Trejo Delarbre



México D.F., 7 de julio de 2008

Sr. Lázaro Ríos

Director General Editorial

Periódico Reforma

Presente

Señor Director:



El profesor Jaime Sánchez Susarrey desparrama descalificaciones en su artículo del 5 de julio en Reforma dedicado a polemizar con el texto que a mi vez publiqué el día 3, como todos los jueves, en La Crónica. En su enjundioso artículo me llama totalitario, censor, delirante, severo y obtuso, entre otras cosas.

En mi artículo en La Crónica sostengo que no es verdad que la prohibición a que particulares o partidos compren espacios para propaganda en televisión y radio limite la deliberación democrática, como dicen los promotores de la demanda de amparo que Sánchez y otros 14 ciudadanos presentaron en diciembre contra uno de los aspectos de la reforma constitucional en materia electoral.

Esa taxativa ya existía en la legislación electoral pero no había sanciones para ella. Ahora Sánchez dice que con tal medida “la partidocracia confisca el debate político intelectual en tiempos electorales y deja a los ciudadanos en calidad de sujetos pasivos y mudos”. Pero ese debate, sobre todo cuando es de índole intelectual, jamás se realiza en spots como los que ahora no podrán ser pagados en medios electrónicos.

Sánchez confunde el debate de ideas con el marketing: le parece que en 20 segundos se puede expresar una formulación argumentada y lógica y ofrece varios lemas que cabrían en menos de ese espacio. Esos ejemplos permiten comprobar la enorme distancia que hay entre la deliberación y la propaganda. Cuando afirma “las FARC son una organización terrorista vinculada al narcotráfico”, “Octavio Paz tenía razón: el socialismo real fue una experiencia monstruosa” o “la estatización de la banca en 1982 fue una estupidez”, cita lugares comunes que solamente tienen sentido político y autoridad intelectual si son respaldados por hechos y razonamientos.

Hoy es posible condenar la complicidad de las FARC con otros grupos delincuenciales porque hay evidencias de ello. Paz fue pionero en la denuncia a las burocracias comunistas gracias a la información que supo comprender y compartir acerca de crímenes y abusos en Europa del Este. Y sobre la nacionalización bancaria, a la que es preciso entender en la circunstancia mexicana de hace 26 años, Sánchez repite una consigna manida pero discutible.

Si el debate público y la tarea de analistas como el propio Sánchez se limitaran a concebir y recitar frases contundentes, que para tener efecto tuvieran que transmitirse en anuncios de radio y televisión, quizá mi encrespado interlocutor tendría razón. Pero hasta donde tengo entendido él mismo, igual que otros colegas que analizan asuntos públicos, no se dedica a la propaganda sino a la reflexión. O eso esperan sus lectores y, supongo, el diario para el cual escribe.

La reforma constitucional del año pasado tiene numerosas aristas. Es imposible aplaudirla o descalificarla toda. Yo mismo he señalado sus contraluces. En el artículo que desató la cólera de Sánchez hasta enceguecerlo, recordé que así como la prohibición a la compra de propaganda me parece pertinente, hay aspectos de esa reforma que suscitan excesos y confusiones. De manera expresa me referí a la proscripción, en la propaganda de los partidos, de expresiones que “denigren a las instituciones y a los propios partidos”. Esa prohibición me parece innecesaria y riesgosa. En la discusión política es inevitable que haya discrepancias y cuestionamientos. Por eso considero que tratar de impedir “denigraciones” traerá más problemas que los que pretende evitar.

Por eso escribí: “Otro tema que Los 15 no impugnaron en su demanda de amparo aunque varios de ellos lo han mencionado como si formase parte de ella, es la proscripción, consecuencia de la misma reforma, a las expresiones que en la propaganda de los partidos…” etcétera. Sin embargo Sánchez, pródigo desautorizador pero pésimo lector, me reprocha no haber percibido “ninguno de esos peligros” y asegura que con un ordenamiento así Hitler habría tenido completa impunidad en Alemania. Allá él con sus forzadas comparaciones. Pero ofuscado en ese tono tremendista, me recrimina no tomar en cuenta el asunto de la propaganda denigratoria cuando fueron él y sus compañeros de amparo quienes lo ignoraron en su demanda.

También he considerado que los promotores del amparo han soslayado las consecuencias políticas de esa acción judicial, entre ellas el interesado respaldo encontraron en las televisoras. Desaforado porque señalé esas implicaciones, Sánchez tilda mi argumentación de “estalinista” y rememora las burdas acusaciones que algunos despistados le hacían a Octavio Paz al decir que estaba al servicio del imperialismo.

Ahora resulta que advertir las implicaciones de una acción pública, de carácter político, significa incurrir en prácticas estalinistas. Me inquietan la pobre concepción que Sánchez tiene del análisis político y, también, esa paranoia entreverada con cierto delirio de grandeza. En una de las glosas que hace de mi texto, se refiere a él y sus compañeros de demanda como “los 15 notables”. Pero ese es un término que no utilicé, porque estoy convencido de que entre esos ciudadanos hay escritores y pensadores en efecto muy destacados. Y otros, pues no.

Sánchez, desde luego, no es Octavio Paz. Y nadie ha quemado su efigie (sería inaceptable, pero además resulta improbable) ante embajada alguna. Quien se chamusca solito es él, atareado en adjudicar dicterios. Es incontrovertible que las televisoras aprovecharon la demanda de Los 15 para respaldar sus propias quejas contra la reforma constitucional. Por eso escribí, refiriéndome a Televisa y TV Azteca: “vale la pena preguntarse por qué esos consorcios, que han conculcado, expropiado y acaparado como ningún otro organismo o institución la libertad de expresión en este país, ahora respaldan a quienes están convencidos de reivindicar esa libertad”.

En mi artículo recordé que el día anterior en Milenio Héctor Aguilar Camín, uno de los firmantes de la demanda, “publicó un claro deslinde respecto de Televisión Azteca en donde se ha dicho que la reforma constitucional convierte a México en una dictadura”. Sánchez me llama totalitario por señalar alcances de la demanda de amparo que otros promotores de ese proceso judicial también han advertido.

Además difama: “Trejo tiene convicción de que los ciudadanos deben ser tutelados por la autoridad”. Jamás he dicho eso. Garantizar la equidad electoral no implica que la autoridad, ni nadie, nos diga qué debemos o podemos saber, opinar o discutir. Sánchez también falla como inopinado intérprete de mis convicciones las cuales, por lo demás, no son nuevas y son públicas.

En la misma línea de reprobación gratuita sentencia: “No entiende ni entenderá jamás el derecho a la libertad de expresión”. El autor de esa terminante frase es el mismo que me tilda de censor y otras cosillas. Por fortuna mi capacidad de entendimiento y mi compromiso con la libertad de expresión no están supeditados al reconocimiento de Sánchez Susarrey.


Atentamente


Raúl Trejo Delarbre

Avala SCJN reforma electoral

Al desechar la Suprema Corte de Justicia de la Nación las acciones de inconstitucionalidad en contra de la reforma electoral, de alguna manera se anticipa el revés que tendrán los empresarios e intelectuales que se ampararon contra la misma.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargo de elección popular, en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.

Tampoco podrán contratar espacios en esos medios, los dirigentes y afiliados a un partido político, o cualquier ciudadano, para su promoción personal con fines electorales, como lo establece el artículo 41 constitucional.

De esta manera, los ministros concluyeron hoy la discusión de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos políticos Convergencia, del Trabajo, Nueva Alianza, Alternativa Socialdemócrata Campesina y Verde Ecologista de México, en contra del decreto por el que se expidió el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

En cuatro sesiones, el Alto Tribunal determinó invalidar la norma que autoriza que, en caso de las coaliciones, el partido que obtenga más votos pueda ceder parte de sus sufragios a otro u otras organizaciones políticas con las que se aliaron, con el propósito de alcanzar el 2% de la votación nacional que se requiere para mantener su registro ante el Instituto Federal Electoral (IFE).

Asimismo, declaró inconstitucionales las fracciones II y III, inciso d), párrafo primero del artículo 354, únicamente en la porción normativa que dice: con el doble del precio comercial de dicho tiempo, para personas físicas o morales que violen la prohibición de contratar tiempo en radio y televisión, para la difusión de propaganda política o electoral, por tratarse del establecimiento de una multa fija agravada.

En este tema, los ministros precisaron que quedan firmes las multas establecidas para los ciudadanos, dirigentes y afiliados a los partidos políticos, con multa de hasta quinientos días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, y para las personas morales con multa de hasta cien mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, en el caso de aportaciones que violen lo dispuesto en el Cofipe, o tratándose de la compra de tiempo en radio y televisión para la difusión de propaganda política o electoral.

La SCJN también resolvió como inválida la norma que establece los requisitos de elegibilidad que regulan los estatutos de los partidos políticos, toda vez que el término elegibilidad no es claro, ya que no especifica si es para el ingreso al organismo político, para ser dirigente del mismo o para ser postulado a un cargo de elección popular.

Por otra parte, el Pleno determinó validar el procedimiento legislativo seguido para aprobar las reformas al Cofipe, así como la exclusividad de los partidos políticos nacionales de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular.

También validó el nuevo plazo para solicitar la creación de partidos políticos, que anteriormente era de tres años, pero a partir de la reforma será de seis. De esta manera, la norma establece que para constituir un partido político nacional, la organización interesada notificará su propósito de registro ante el Instituto Federal Electoral en el mes de enero del año siguiente al de la elección presidencial.

Los ministros declararon constitucional el régimen de financiamiento público para actividades específicas de los partidos políticos, la ausencia de financiamiento público para las agrupaciones políticas nacionales y los requisitos para observadores electorales.

La resolución surtirá efectos a partir de la notificación a las autoridades emisora y promulgadora del decreto por el que se expidió el Cofipe, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de enero de 2008, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 73 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional.

8 de julio de 2008

Los días y los medios

Mayo

26 El PRI estrena su canal de televisión vía Internet (www.fundaciontv.com).

27 El Sistema de Radio y Televisión Mexiquense obtiene cuatro nuevas señales de radio: Las estaciones 88.5, 91.7 99.1 y 104.5 de FM que llevarán la señal a toda la entidad.

La Universidad Veracruzana impone la Medalla al Mérito a Héctor Aguilar Camín, Luis Miguel Aguilar, Andrés Hoffman, Rafael Pérez Gay y José Woldenberg, en reconocimiento a su "vocación crítica, compromiso con la verdad y ejercicio de la libertad", plasmados en las páginas de Nexos.

29 Luego de realizar ajustes en el rubro de radio y televisión, el IFE reduce su solicitud de ampliación presupuestal a la SHCP de mil 453 a 900 millones de pesos.

Junio

4 El senador Manlio Fabio Beltrones presenta una iniciativa a partir de la cual se podrán entregar las frecuencias combo a las radiodifusoras de AM.

11 El IFE ordena el retiro del spot en el que se califica de "violento" al PRD por considerarlo "denigratorio e ilegal", al tiempo que aprueba una multa de 430 mil pesos contra el PAN. En paralelo, exime a Televisa de cualquier investigación por la retransmisión del mensaje en uno de sus noticiarios.

Con más de dos años de retraso -según su propio argumento, a consecuencia de modificaciones y con-?troversias legales-, el gobierno federal refrenda 131 concesiones radiofónicas.

Por impulsar "una gigantesca revolución cultural" y "propiciar el acceso generalizado al conocimiento", el buscador Google recibe el Premio Príncipe de Asturias de Comunicación y Humanidades.

12 Un tribunal colegiado en materia civil confirma el amparo obtenido en 2005 por José Gutiérrez Vivó, con el que quedó avalado en definitiva el laudo arbitral de la Cámara Internacional de Comercio que resolvió en 2004 que Radio Centro debía indemnizar a Infored con poco más de 21 millones de dólares por daños y perjuicios derivados de violaciones al contrato entre ambas empresas.

15 El órgano interno de control del IFAI, dependiente de la Secretaría de la Función Pública, comienza una auditoría sobre un millón de dólares entregado al organismo por la Fundación Hewlett para el desarrollo del Centro Internacional de Estudios de Transparencia y del proyecto IFAI-Comunidades, encabezado por Juan Pablo Guerrero.

17 Por desacuerdos entre las fracciones parlamentarias, el proyecto de ley para reglamentar el derecho de réplica queda fuera de la agenda para el período extraordinario de sesiones en el Congreso.

18 El IFE ordena al PRD y al PT retirar de sus promocionales la leyenda "presidente legítimo", al tiempo que aprueba multas por 430 mil y 301 mil pesos, respectivamente.

Casi un mes antes de terminar su gestión, Alonso Lujambio es reelecto como presidente del IFAI, con cuatro votos a favor y uno en contra (el del comisionado Juan Pablo Guerrero Amparán).

20 Las bancadas del PAN y el PRI en el Senado resuelven no respaldar la reforma a la ley de radio y televisión que, entre otros planteamientos, establecía como castigo máximo el retiro de las concesiones a las empresas que violaran las disposiciones del Cofipe.

23 y 24 La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara procedente el juicio de amparo promovido por Rafael del Villar y Gonzalo Martínez Pous sobre su nombramiento presidencial para integrar a la Cofetel, y que fue rechazado por el Senado en junio de 2006. La Corte resuelve que el Presidente de la República notifique a los funcionarios que podrán ocupar el cargo; en el supuesto de que los quejosos no lo acepten, el mandatario podrá hacer los nombramientos respectivos.

Avala la Corte reformas al Código Electoral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válidas, casi en su totalidad, las reformas al nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), aprobadas en el 2007, en el que se establecieron las reglas a seguir en las futuras elecciones.

En la última sesión que dedicó a revisar los juicios que promovieron cinco partidos en contra de las reformas, el máximo tribunal del país determinó que son constitucionalmente válidas las prohibiciones que se establecieron en el código para que ni los ciudadanos, empresas, partidos políticos, precandidatos y candidatos, puedan contratar o adquirir espacios de radio para promoción personal o fines electorales.

De última hora, el presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, les propuso a sus compañeros del tribunal suplir los errores en que incurrieron los legisladores para no dejar sin castigo a los ciudadanos, partidos políticos y empresas que no acaten dichas prohibiciones.

La sanción que recibirán será, explicó, de una multa de hasta 500 días de salario mínimo, que es una pena que se había establecido para quienes aporten recursos a los candidatos o partidos de manera irregular. La cantidad es mínima comparada con los hasta 100 mil días de salarios mínimos contemplada para los concesionarios de radio y televisión que difundan ese tipo de mensajes.

Dicha sanción se aplicará de manera supletoria porque está contemplada en el mismo párrafo, del artículo 354 del Cofipe, en el que también se encuentra la multa que la Corte declaró ayer inconstitucional por un error en su redacción y que establecía una multa para los ciudadanos, empresas y partidos políticos del doble del precio comercial del tiempo de radio o televisión que hayan contratado para difundir propaganda política.

A lo largo de la revisión de los juicios que promovieron los partidos Convergencia, del Trabajo, Nueva Alianza, Verde Ecologista de México, y Alternativa Socialdemócrata, la Corte también declaró inconstitucional la llamada cláusula de "vida eterna" que permitía que los partidos mayoritarios, en caso de una coalición, pudieran regalarle votos a sus aliados de minoría para que no perdieran sus registros.

Salvo estos puntos de relevancia, en general, la SCJN avaló las reformas al código electoral federal.

La SCJN resolvió que no atenta contra la Constitución la medida que adoptó el Congreso de la Unión al no permitir la participación de candidatos ciudadanos en las elecciones federales y al establecer que sólo los partidos políticos pueden registrar candidatos a puestos de elección popular federales.

La Corte declaró válidos los "candados" que se establecieron para que sólo cada seis años, después de las elecciones presidenciales, se puedan crear nuevos partidos políticos.

El máximo tribunal del país también avaló la medida que dejó fuera del presupuesto público que maneja el Instituto Federal Electoral a las agrupaciones políticas nacionales.

6 de julio de 2008

Equidad en la Contienda

José Woldenberg Karakovsky.

Año 2012. México se encuentra envuelto en una tensa contienda electoral. Millones de electores se preparan para ir a las urnas y elegir al presidente de la República, 500 diputados, 128 senadores, tres gobernadores, al jefe de Gobierno del Distrito Federal, 10 congresos locales, centenares de ayuntamientos, la Asamblea Legislativa y los jefes delegacionales del DF. Tres candidatos a la Presidencia, postulados por el PRI, PAN y PRD y sus respectivos aliados, recorren el país en busca de votos. El IFE y los institutos electorales locales cuidan que todos los eslabones del proceso estén bien afinados: desde el padrón hasta el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), pasando por la capacitación de los ciudadanos que serán funcionarios en las casillas o la confección de las actas, boletas, urnas y demás materiales necesarios para que el día de la elección se instalen 135 mil casillas. El Tribunal desahoga distintos recursos interpuestos por los partidos. Los medios intentan hacer una cobertura equilibrada, profesional y objetiva de los planteamientos de los candidatos. El IFE, mes a mes, entrega a los partidos el financiamiento público a que tienen derecho, establece los topes a los gastos de campaña y se esmera en hacer realidad el acceso equitativo de los partidos y candidatos a los medios de comunicación electrónicos. "Los partidos políticos -dice la Constitución- en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión". De tal suerte que será a través de los tiempos de Estado que podrán difundir sus mensajes. Con ello se busca generar condiciones equitativas en la contienda y abaratar su costo.

Ahora bien, supongamos siguiendo este ejercicio de (poca) imaginación, que un grupo (o un individuo) decide gastar (¿invertir?) un buen número de millones de pesos para respaldar a un candidato y descalificar a sus oponentes. Llena las pantallas de televisión y a las emisiones de radio con sus mensajes. Y así, de esa manera, ejerciendo su libertad y gastando su dinero acaba desequilibrando las condiciones de la contienda electoral que tanto esfuerzo ha costado construir. Recordemos, como si hiciera falta, que el país solamente ha vivido comicios medianamente parejos en las últimas cuatro contiendas federales (1997-2006).

Es por ello que la propia Constitución establece: "Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular". Su sentido es claro: impedir que una persona o un grupo de ciudadanos disloquen uno de los pilares de cualquier contienda democrática: la equidad.

Por cierto, se trata de una norma que casi con las mismas palabras ya estaba contemplada en el Cofipe, pero que como fue violada durante el proceso electoral del 2006, el legislador juzgó necesario elevarla a rango constitucional.

Se entiende -aunque no se justifica- que los dueños de las televisoras y radiodifusoras se encuentren molestos por esa disposición (y también por la que impide a los partidos comprar tiempos en esos medios de comunicación), porque sin duda merman sus ingresos. Pero esas normas resultan necesarias y pertinentes si se desea que el terreno de la competencia sea medianamente parejo. Sobra decir que cuando esa condición no existe, difícilmente se puede hablar de una competencia democrática y los grados de irritación de los perjudicados tienden a elevarse de manera considerable.

También un grupo de intelectuales ha recurrido a la vía del amparo para intentar revertir esa disposición a la que consideran violatoria de la libertad de expresión. Están en su derecho pero (creo) no tienen razón. Podrán (la mayoría de ellos tienen espacios en la prensa y un buen número en radio y televisión) expresar con absoluta libertad sus opiniones sobre candidatos y partidos, sus juicios sobre dichos y hechos, militar activamente a favor o en contra de quien deseen, es decir, podrán ejercer su libertad de expresión sin más límites que los que fija la ley. Ahora bien, lo que no podrán hacer es comprar tiempo en radio y televisión para hacer eso mismo. Y esa restricción se justifica por lo anteriormente señalado y que vuelvo a repetir: la búsqueda de equidad en la contienda.

Las elecciones son reconocidas por todas las fuerzas políticas significativas del país como la única vía legítima para llegar a ocupar cargos de gobierno y legislativos. Y esa convicción es parte del basamento que permite la convivencia y competencia de la pluralidad que cruza a México. Pero los procesos electorales libres, equitativos, legales y legítimos son una construcción. No son fruto de la inercia. Se trata de una cadena en la que todos los eslabones deben estar perfectamente alineados para lograr que el proceso sea reconocido como justo y limpio. Y uno de los eslabones más significativos es el de las condiciones en las que transcurre la competencia. Si las condiciones son equitativas la vía electoral y la coexistencia de la diversidad tienden a fortalecerse, pero si ello no es así, si existen ventajas flagrantes para uno de los contendientes, la espiral de conflictos y la deslegitimación de las propias elecciones toman el relevo.

Las normas deben leerse y analizarse en su contexto. Y es en el conjunto de las disposiciones constitucionales y legales en donde estamos obligados a evaluar la pertinente prohibición para que "terceros" compren publicidad electoral en radio y televisión.


¡A wilson!

Gerardo Galarza

Qué pena ajena da ver y oír a funcionarios públicos, y en este caso también a un líder empresarial, defender prácticas indignas —hasta probablemente delictivas— cuando son descubiertas y de inmediato reaccionan como si todo fuera un complot contra ellos... de la misma manera como lo hicieron contrincantes políticos, tan criticados por aquellos.

Durante la semana, reporteros y corresponsales de Excélsior han informado sobre los hechos y dichos en el caso de las torturas que reciben los miembros de un grupo de élite de la policía municipal de León, Guanajuato, y son unas joyas que muestran las creencias públicas y privadas de quienes las emitieron sobre lo que debe ser la función gubernamental.

“A mi me vale wilson”, dijo el señor Vicente Guerrero Reynoso, presidente municipal de León y militante del Partido Acción Nacional (PAN), cuestionado por los indignantes entrenamientos que reciben los policías de su municipio, y agregó que él duerme muy tranquilo.

Francisco García, el secretario del mismo ayuntamiento, dijo que “el curso de capacitación es confiable, no violenta los derechos humanos, no iba a ser usado contra los detenidos, no es una tortura, porque no está obteniendo una confesión, es una especie de deporte extremo, es un ejercicio con el consentimiento de los elementos, es decir, voluntario.”

Luego, Demetrio Valadez Martínez, subprocurador de Justicia de la Región A, éste perteneciente al gobierno estatal, también de origen panista, afirmó que, de acuerdo con el artículo 264 del Código Penal local, en este caso no se configura el delito de tortura. “Típicamente, penalmente, no se da la comisión del delito de tortura, en cuanto a la capacitación estamos ante un ejercicio de un derecho. Por ejemplo, hay lesiones e incluso homicidios en deportes como box, futbol o beisbol, porque hay confrontación; pero si algo pasa, no necesariamente hay un delito, ya que el individuo afectado está en pleno uso de un derecho”, explicó el funcionario estatal.

Y José Luis Díaz del Castillo, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) de aquella ciudad, dijo que “necesitamos muchos rambos y robocops”, por la creciente inseguridad que se vive allá y en todo el país, por lo “que se tienen que preparar a nuestros elementos de seguridad especializada”. Y después explicó el origen de su apoyo: “Yo estudié en una escuela de monjes con educación militarizada y ahí aprendí disciplina y respeto a garrotazos”.

No, pos sí, como dicen allá en Guanajuato. Con argumentos tan contundentes, con toda razón el alcalde leonés duerme tranquilo. Es buena su receta contra el insomnio.

A ver, ¿qué necesidad tiene uno de indignarse al ver a un ser humano, aspirante a policía o necesitado de empleo, soportar abusos, golpes, gritos malos tratos y hasta revolcarse en su propio vómito, además de resistir tehuacanazos y pocitos? ¿Por qué no acosamos sexualmente a las mujeres que buscan un empleo o van a la escuela o que quieran dedicarse a cualquier actividad, para que se acostumbren ante las probables agresiones de jefes, profesores, funcionarios o familiares? ¿O sea que, según el subprocurador guanajuatense, los policías vejados por el “entrenamiento” estaban ejerciendo un derecho?, pues, juristas del mundo, échense ese trompo a la uña. Y, ¿qué les parece que las escuelas normales o de pedagogía incluyan en sus planes de estudios como Garrotazos I y II, quizás III, para que los maestros sepan cómo se impone la disciplina y el respeto?

No, pos sí. Pero contra lo que estos prohombres del Bajío han dicho toda la semana, sólo hay que recordar que los videos de los “entrenamientos” policiales en León estuvieron precedidos por otro video en el que agentes de la policía leonesa usan a un detenido por violencia intrafamiliar para “entrenar” puntapiés, sentones y macanazos arriba de una patrulla, en medio de risas y burlas. “Merecido se lo tenía”, habrá quien lo sostenga. ¡A wilson!, faltaba más.

Televíctima

4 de julio de 2008

INQUIETOS INTELECTUALES

Raúl Trejo Delarbre

"Habitualmente perspicaces y siempre respetables, Los Quince intelectuales inconformes con un aspecto específico de la reforma constitucional no han parecido estar interesados en las consecuencias políticas de ese reclamo. No les han inquietado los nada desinteresados respaldos que esa causa ha encontrado en los consorcios comunicacionales. Tratándose de ciudadanos tan inteligentes y atentos a los asuntos públicos, esa coincidencia tendría que estarles preocupando pero no parece que ocurra así".

Los 15 ciudadanos, todos ellos dedicados a tareas intelectuales, que en diciembre pasado solicitaron un amparo contra uno de los puntos de la reforma constitucional en materia electoral, se han inconformado porque la Suprema Corte de Justicia no ha resuelto acerca de esa petición. La justicia debe ser expedita, desde luego. Pero no puede dejar de tomarse en cuenta que existen pasos y plazos judiciales que en ese caso apenas se han venido cumpliendo. Primero, el amparo ha debido ser admitido por el juez ante el que se presentó. Más tarde, la Suprema Corte resolvió estudiar si le daba entrada, o no, a ese y otros amparos similares. En eso están los magistrados. Sin embargo con motivo de la queja de Los Quince las cadenas nacionales de televisión de- sataron una nueva andanada de estrépito y distorsiones contra la Suprema Corte, a cuyos integrantes no les perdonan la decisión que hace un año desbarató la ley Televisa.

Habitualmente perspicaces y siempre respetables, Los Quince intelectuales inconformes con un aspecto específico de la reforma constitucional no han parecido estar interesados en las consecuencias políticas de ese reclamo. No les han inquietado los nada desinteresados respaldos que esa causa ha encontrado en los consorcios comunicacionales. Tratándose de ciudadanos tan inteligentes y atentos a los asuntos públicos, esa coincidencia tendría que estarles preocupando pero no parece que ocurra así. Apenas ayer, en Milenio, Héctor Aguilar Camín publicó un claro deslinde respecto de Televisión Azteca en donde se ha dicho que la reforma constitucional convierte a México en una dictadura o algo así.

Resulta demasiado esquemático suponer que todo asunto que concite el aplauso de Televisa y Televisión Azteca resulta, solo por eso cuestionable y sospechoso. Pero en este caso vale la pena preguntarse por qué esos consorcios, que han conculcado, expropiado y acaparado como ningún otro organismo o institución la libertad de expresión en este país, ahora respaldan a quienes están convencidos de reivindicar esa libertad. Esa es una implicación que Los Quince promotores de la demanda de amparo todavía no explican.

La reforma constitucional promulgada en noviembre pasado establece que solamente la autoridad electoral podrá ordenar la transmisión de propaganda en radio y televisión, utilizando para ello el tiempo del cual dispone el Estado en esos medios. Ni los partidos, ni organización o persona alguna, podrán comprar tiempos, para esos fines, en los medios electrónicos.

A Los Quince ciudadanos les parece que la imposibilidad para comprar espacios de propaganda en radio y televisión conculca su libertad de expresión. Se refieren a la adición, incorporada a uno de los nuevos apartados del artículo 41 constitucional, que establece: “Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero”.

Como sosteníamos aquí mismo, el pasado jueves 3 de enero, los espacios de discusión e información seguirán existiendo en medios de toda índole, y desde luego también en televisión y radio. La libertad para expresarse en ellos no varía, porque nunca ha dependido de la posibilidad de comprar tales espacios. Desde hace más de una década la legislación electoral prohíbe a los particulares la compra de propaganda de esa índole en medios electrónicos. Lo que hacen ahora la reforma constitucional y las adiciones al Código Electoral es señalar sanciones a quienes infrinjan esa taxativa.

La demanda de amparo de Los Quince padece numerosas imprecisiones y exageraciones. Tomemos por ejemplo uno de los párrafos, acotado por el farragoso tono del alegato jurídico, en donde sintetizan algunas de sus posiciones y que aparece en la página 69 de su solicitud de amparo: “desde el momento mismo en que el artículo 41 constitucional reformado modifica los valores superiores de la democracia deliberativa y limita a los hoy quejosos el ejercicio libre de su autonomía para expresarse, informar y generar la discusión pública sobre los temas que interesan a la sociedad; desde el momento mismo en que el citado artículo 41 reformado impone a los quejosos la obligación inmediata de abstenerse de contratar espacios en los medios de comunicación masiva, radio y televisión, en los que promuevan el debate público sobre la dirección social y donde prevalezcan los principios más que los intereses; y desde el momento mismo en que la reforma constitucional desalienta el ejercicio democrático, en tanto que éste exige la deliberación libre y pública sobre los méritos de las políticas a adoptar en el ámbito público; resulta que esta modificación constitucional altera y frustra el derecho humano a la libre expresión de las ideas y, por consecuencia, del derecho a informar”.

La democracia deliberativa supone espacios y libertad, pero también condiciones de equidad para la discusión pública. El apartado que inquieta a Los Quince, lejos de trastocar los valores de esa democracia los solidifica. Se trata de que el peso del dinero de quienes podrían contratar espacios en radio y televisión no se convierta, como ya ha sucedido en México, en un factor disruptivo de tal equidad. A los quejosos no se les limitan sus posibilidades de expresión en ningún medio. Lo único que no podrán hacer es pagar dinero por opinar en medios electrónicos. De hecho, varios de los demandantes se encuentran en la situación inversa: a ellos las televisoras o radiodifusoras les pagan por opinar. Así, y qué bueno, seguirá ocurriendo.

El ensortijado lenguaje jurídico del párrafo antes citado conduce a serios resbalones conceptuales. La reforma constitucional no impone una “obligación inmediata” sino una restricción, que no es lo mismo. Y en los espacios que no se podrán contratar podría haber no solo mensajes edificantes y nobles sino, antes que nada, de acuerdo a la experiencia mexicana reciente, contenidos muy lejanos de los principios democráticos.

Sin embargo, debido a esa sustitución de la precisión jurídica por la ambigüedad retórica, el alegato de Los Quince vuelve premisa —sin haberla demostrado—una de sus presuntas conclusiones: “la reforma constitucional desalienta el ejercicio democrático”. Si ese ejercicio dependiera de la capacidad de los particulares para pagar anuncios en televisión y radio indudablemente estaríamos ante una situación grave. Pero lo que hace la reforma constitucional es liberar al sistema político de la dependencia creciente que ha experimentado respecto de los medios electrónicos.

Por eso, sostener que la mencionada modificación “altera y frustra” la libre expresión de ideas no solamente es, por decirlo de manera leve, exagerado. Además coloca a quienes suscriben ese documento al borde de una lamentable abdicación intelectual. La mayor parte de Los Quince firmantes de esa demanda son ciudadanos que han tenido enormes méritos por su quehacer intelectual, es decir, por la elaboración y propagación de ideas con inteligencia y calidad expresiva. Es una pena que demeriten indirectamente ese notable trabajo al sostener que la falta de spots en televisión y radio impedirá la circulación de ideas en la sociedad mexicana: como si las ideas y la creatividad que varios de ellos mismos han aportado a la cultura y la deliberación mexicanas pudieran reducirse a 20 segundos en televisión. Tampoco la información que requiere la sociedad mexicana depende de los anuncios políticos pagados por particulares.

El apartado constitucional impugnado por esos ciudadanos prohíbe la contratación de propaganda en medios electrónicos pero no es del todo claro si solamente durante campañas electorales, o en todo momento.

El jurista Pedro Salazar, en un acucioso texto que apareció en Nexos de mayo, explica ese flanco equívoco de la reforma del año pasado.

Otro tema, que Los Quince no impugnaron en su demanda de amparo aunque varios de ellos lo han mencionado como si formase parte de ella, es la proscripción, consecuencia de la misma reforma, a las expresiones que en la propaganda de los partidos “denigren a las instituciones y a los propios partidos”. La ambigüedad de esa disposición ha llevado a la autoridad electoral a excederse al calificar los anuncios de varios partidos políticos.

Precisar si la prohibición para contratar propaganda en medios electrónicos es permanente o solo en épocas de campañas y definir los alcances de la denigración entre partidos, podrían ser dos temas que acoten, sin trastocarla, la reforma constitucional en materia electoral. Lamentablemente Los Quince impugnadores de uno de los temas de esa reforma, tan puntillosos como han sido, no se han preocupado de esos otros aspectos.

ALACENA: Gabriel Sosa Plata

Intolerantes ante una mirada crítica que no los favorece como quisieran, algunos directivos y empleados del Grupo Imagen desataron una andanada de descalificaciones contra el maestro Gabriel Sosa Plata, prestigiado profesor de la Universidad Autónoma Metropolitana y uno de los más laboriosos analistas de las telecomunicaciones y los medios en nuestro país. El martes de la semana pasada, en su columna de El Universal, Sosa Plata se refirió a las irregularidades que precedieron, hace dos años, a la venta de los derechos de transmisión del Canal 28. En aquel tiempo la injerencia de Marta Sahagún y su marido para propiciar esa transacción fue comentada en numerosos medios.

Al día siguiente, miércoles 25, el director de Grupo Imagen, Ernesto Rivera, envió a ese periódico una carta en donde, lejos de hacer precisiones a la información publicada por ese investigador, intentó desacreditarlo debido a la relación profesional que un hermano de Gabriel Sosa Plata tuvo con el gobierno anterior. Y ese día en Excélsior, diario propiedad de Imagen, en un texto tan vergonzoso que fue retirado y modificado en el sitio web de ese periódico, la comentarista Yuriria Sierra también eligió la vía del ataque personal contra dicho académico.

La seriedad de Sosa Plata, verificada en sus libros y ensayos, en la meticulosidad de sus textos periodísticos y en el respeto que se ha ganado durante años, no se vulnera con esos infundios. En Grupo Imagen hay comunicadores responsables y profesionales. Otros, lamentablemente, prefieren la alharaca y la intolerancia para responder ante opiniones y datos que no les gustan.


2 de julio de 2008

Los tiempos de las televisoras

Jenaro Villamil

(apro).- Pocas empresas en México como Televisa y TV Azteca pueden presumir una capacidad de influencia tan eficaz en el Congreso. Los meses de mayo y junio este poder se exhibió con toda su crudeza. No deja de ser paradójico que en el periodo extraordinario que aprobó el fin del ritual presidencialista del “Día del Informe” y eliminó el “veto de bolsillo” que ejerce el titular del Ejecutivo sobre las iniciativas aprobadas en las cámaras legislativas, el Senado de la República haya instaurado el veto televisivo y aceptara la guillotina política contra Santiago Creel, que pasó a ser excoordinador de la bancada del PAN.

El cese de Creel fue la antesala para frenar una ley que afectaba los intereses del binomio televisivo (la iniciativa de Ricardo García Cervantes, 20 de junio 2008), pero también mandó a la “congeladora” una Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que debería sustituir a la Ley Televisa e incorporar los criterios de la Suprema Corte de Justicia, emitidos hace exactamente un año (junio 2007) en materia de autonomía del organismo regulador, disponibilidad del espectro y límites a la concentración mediática.

Las televisoras aplicaron la teoría del efecto dominó: se cae Creel, vetan una ley vinculada a la agenda de la reforma electoral y, de paso, evitan que sus efectos puedan operar en los comicios federales de 2009 (el 28 de octubre de este año inicia formalmente el proceso electoral). Al mismo tiempo, presionan a la Suprema Corte de Justicia para que resuelva amparos de intelectuales y televisoras en contra de la reforma electoral.

¿En dónde radica la clave del veto de la telecracia? ¿Se trata sólo de rating y de la adicción a la pantalla que tiene la clase política mexicana de estos tiempos? ¿Serán Emilio Azcárraga Jean y Ricardo Salinas Pliego más astutos que sus predecesores en la relación medios-poder? ¿Su éxito en los salones de cabildeo legislativo se traduce también en un control de la opinión pública?

Para responder a estas preguntas tan abiertas, propongo hacer una revisión de los tres que ejes que describen los alcances y límites del poder televisivo:

1. El negocio del tiempo: Las televisoras no sólo hacen negocio de un bien público escaso --el espectro radioeléctrico--, sino de un insumo político muy valioso: el tiempo. En esencia, el negocio del rating no consiste en medir el puntaje de audiencia de un programa, sino en vender el tiempo de mayor audiencia masiva y “exportarlo” a otras áreas de la industria.

El acceso a la pantalla es venta de tiempo y espacio (ahí está Enrique Peña Nieto y sus ilegales contratos con Televisa a través de TV Promo para comprar tiempo en espacios informativos). Los contenidos a favor o en contra se miden en tiempo de pantalla, al igual que la popularidad, el carisma o el “posicionamiento de marca” o branding.

A diferencia de los políticos, las televisoras no tienen prisa. Televisa y TV Azteca tienen ventaja porque funcionan, de facto, como propietarias del tiempo en pantalla y saben explotar al máximo la prisa de los políticos. Aplican y reproducen una nueva regla no escrita del sistema mexicano: el rating sustituyó a las clientelas y al “dedazo” presidencial; y el marketing a los partidos y a la carrera política.

En septiembre de 2007, los políticos mexicanos tenían prisa por aprobar la reforma constitucional en materia electoral: Calderón, para no deberles más favores a quienes le han cobrado altos intereses por su presidencia deficitaria en legitimidad; el PAN, PRI y PRD, para saldar la vergüenza de aprobar la Ley Televisa en siete minutos en la Cámara de Diputados (5 diciembre 2005); y sus dirigencias y figuras políticas, para que estos cambios se hicieran antes de la agenda de los comicios federales de 2009 y antes de la reforma energética.

La habilidad de las televisoras consistió en esperar que ambos procesos se empataran para presionar mejor (elecciones y reforma energética). Dilataron a través de amparos la operatividad de los cambios constitucionales y apretaron en el momento clave: cuando Calderón y un sector del PRI están urgidos de sacar una “reforma mínima” a Pemex antes de la consulta capitalina del 27 de julio y antes del 1 de septiembre. Y le pusieron un precio a la prisa de Calderón: la cabeza de Santiago Creel a cambio de tiempo en pantalla para difundir a los defensores de la reforma calderonista a Pemex. Lo mismo les vendieron a Beatriz Paredes, a Manlio Fabio Beltrones y a Enrique Peña Nieto, entre otros priistas, con aspiraciones presidenciales.

Ahora tienen a su favor los tiempos: dominando al Congreso, posponen la configuración de los órganos reguladores del sector (Cofetel, SCT), aun cuando la Suprema Corte haya definido el 24 de junio que dos comisionados de Cofetel deben salir (Eduardo Ruiz Vega y Gerardo González Abarca). De la SCT ya obtuvieron lo que querían: el 12 de junio se les entregó el refrendo a 134 concesiones de radio y se ratificó el pacto con las televisoras.

2). La pretensión de uniformidad: Se ha insistido que el problema más grave en la estructura de los medios electrónicos en México es el fenómeno de la concentración. No hay duda que el sector está monopolizado. Televisa acapara con sus tres cadenas nacionales 66% de las 465 concesiones, tiene 52% de las audiencias y concentra 70% de la publicidad en pantalla comercial. TV Azteca tiene 28 por ciento de las concesiones, 21% de la audiencia y 25% de la publicidad (2007). Entre ambas acaparan 90% de las audiencias en televisión.

Este problema estructural se agrava a raíz de la crisis política posterior a los comicios del 2006. A cambio de darle tiempo en pantalla y dotarlo de visibilidad, el gobierno de Calderón presionó para lograr la uniformidad de los contenidos, sobre todo, en materia informativa.

Junto con las televisoras, los 5 grandes grupos radiofónicos dominantes (ACIR, Radiorama, Grupo Radio Centro, Grupo Radio Fórmula e Imagen) han aceptado este pacto con Los Pinos. A cambio, 80% del presupuesto en gasto de comunicación social que ejercerá en 2008 la administración federal se destinará a estas empresas. El monto es de 4 mil 890 millones de pesos, más de 1 mil 300 millones que el año anterior (Proceso 1651). También se pagaron con el refrendo de 134 concesiones de radio (12 de junio Monterrey).

Televisa ha obtenido otro logro: dilatar el tiempo para que Telmex se incorpore a la competencia por el triple play.

La uniformidad es el maquillaje de una credibilidad y una legitimidad no otorgadas en 2006. Por eso, concesionarios y gobierno cerraron filas para “limpiar” el espectro de voces discordantes. En 2008 salieron del aire los dos periodistas radiofónicos de mayor audiencia: Carmen Aristegui, en WRadio, y José Gutiérrez Vivó, dueño de Monitor.

“Censura preventiva” definió el analista Luis Linares Zapata al mecanismo para despedir a Aristegui de la radio comercial (La Jornada). El mensaje fue entendido por todos los informadores y comunicadores electrónicos: quien se atreva a ser autónomo y ejercer un periodismo de mínimo rigor se volverá discordante.

La “censura preventiva” se aplicó en el caso de Creel. Contradictorio, inconsistente, con demasiados compromisos poco transparentes con las televisoras durante su paso por Gobernación, Creel resultó ser la víctima propiciatoria de la pretensión de uniformidad televisiva y calderonista.

3). La opinión pública a modo: De los tres elementos, éste es el más engañoso y el punto débil de las televisoras. La televisión vende la idea de que sus audiencias son las que generan la opinión pública dominante. Y los políticos creen que un elevado rating es sinónimo de opinión favorable y, peor aún, de credibilidad. Este es el “mito genial” de estos tiempos. La televisión no sólo segmenta los contenidos (5 minutos entre corte comercial), sino también la realidad, los escándalos mediáticos, los debates importantes, su programación y las audiencias.

Ya no existen más las audiencias masivas impasibles, “manipulables” a golpes de pantalla. Las audiencias se han segmentado, eligen, discriminan información y opinión; y en muchos casos ejercen el zapping como único elemento de control ante la uniformidad de contenidos.

Como le sucedió al PRI desde 1968, Televisa y TV Azteca perdieron credibilidad y aún no se han enterado. Las verdaderas audiencias que generan opinión pública son las audiencias deliberativas, las que adoptan un punto de vista y, por tanto, una convicción. Estas audiencias deliberativas ven la televisión, generan rating, pero no se guían sólo a partir de los contenidos en pantalla en los asuntos públicos. Son una minoría, pero han ganado las batallas simbólicas y políticas recientes.

Umberto Eco escribió hace 24 años su ensayo sobre la “guerrilla semiológica”. En esencia, propuso que para cambiar la televisión era más importante transformar la actitud del receptor frente al mensaje y al medio. Él popularizó el término de “recepción crítica”. De alguna manera, en México las “guerrillas semiológicas” se han configurado en audiencias deliberativas, esencialmente críticas ante los medios electrónicos.

Son las audiencias que derrotaron a la Ley Televisa antes del fallo de la Suprema Corte de Justicia, que apoyaron la reforma constitucional en 2007, que se oponen a la privatización de Pemex y que, según las distintas encuestas, respaldan entre 60 y 75% la necesidad de una consulta en materia energética. Un segmento de esas audiencias consideran a Creel –a pesar de no haber tenido tiempo en pantalla-- el político panista mejor perfilado para el 2012. Son las mismas audiencias que opinan que la salida de Aristegui y el cierre de Monitor constituyen hechos de censura.

¿Se traducen estas audiencias en ciudadanía y en votos? No necesariamente. Sin embargo, esa opinión pública no tiene prisa y no es uniforme. No va con los tiempos de las televisoras ni de los políticos. Su victoria es a mediano y largo plazos.

1 de julio de 2008

Policías de León entrenados en tortura

Elementos del Grupo Especial Táctico (GET) de la policía municipal de León, Guanajuato, serían entrenados en técnicas de tortura, según videos divulgados por El Heraldo de León.

En las imágenes se muestran a agentes de élite recibiendo capacitación para someter a otro policía inyectándole agua mineral por la nariz y sumergiendo su cabeza en una fosa séptica.

El agente que participó como voluntario en este video es llamado “Naches” y es sometido y maniatado, mientras otro policía le pregunta varias veces: “Ya nos vas a decir, Naches? ¿Quieres que ya paremos?”

En el segundo video, se puede apreciar a un policía durante un entrenamiento en un lugar abierto. El agente es castigado por no soportar el ritmo de la práctica de campo.

El policía al que se nombra como “El Chuta” se desploma y vomita debido al esfuerzo del entrenamiento. El instructor aparece en escena y le ordena en inglés que ruede por encima de su vómito varias veces. El agente cumple con la orden.

El secretario de Seguridad de León, Álvar Cabeza de Vaca Appendini, dijo que la Policía Municipal se apoya en el Grupo Especial Táctico para responder en situaciones extremas y que, por tanto, su entrenamiento se realizaba en condiciones extremas.

Afirmó que la capacitación de los agentes en técnicas de tortura es con el fin de que puedan resistir este tipo de situaciones en caso de verse envueltos en ellas.

“De ninguna manera es una capacitación para implementarse en acciones de tortura”, dijo.

Por su parte, el alcalde de León, Vicente Guerrero Reynoso declaró que los elementos requieren una preparación para las situaciones extremas.

“Si no van a jugar al bebeleche...”, dijo al referirse al entrenamiento del Grupo Especial Táctico de la policía municipal de León.

Argumentó que estos cursos fueron impartidos por gente especializada en el tema y que la misma preparación se da a otros agentes de élite en otras partes del mundo.

Precisiones a la impaciencia.

Javier Corral Jurado

La semana pasada en que las dos cadenas de televisión reiniciaron su andanada de descalificaciones a la SCJN, tras el fallo que recompone parcialmente la Comisión federal de Telecomunicaciones y les merma su influencia directa en ese órgano regulador, el grupo de intelectuales que se ampararon en contra de la reforma electoral también enderezó una serie de críticas a nuestro máximo tribunal y lo apremió a resolver su demanda. Entre las consideraciones que se hicieron, fue deplorar la inacción, el silencio, la omisión de la Corte ante su asunto. Impacientes, reclaman tardanza.

Del burdo manejo televisivo, particularmente el de TV Azteca, ya no hay mucho que agregar. Con ese proceder dicen exactamente lo que son y por lo que es imprescindible una reforma legal que amplíe la oferta comunicacional en el país. Difícilmente se puede pensar que una campaña intimidatoria como esa, pueda presionar a algún Ministro de la Corte.

En lo que hay que detenernos es en el reclamo de ese grupo de intelectuales, pues de pronto se podría pensar que en efecto, son víctimas de un desdén o lo que es peor, un trato discriminatorio por parte de la SCJN, e incluso, por el manejo que la televisión ha hecho de sus exigencias, que nuestro tribunal constitucional persigue la libertad de expresión.

En honor a la verdad, es menester señalar que los amparos, aun ni se encuentran en manos de la Corte. Esto es, los expedientes no han sido turnados a la ponencia de Ministro alguno, porque aún ni se entra al estudio y discusión de la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción que para conocer los amparos en revisión, derivados de los juicios de amparo en los que se reclame esencialmente las reformas electorales, presentó el 11 de febrero el Ministro Fernando Franco González Salas, bajo el número de expediente 4/2008.

Esa solicitud se turnó al Ministro Sergio Valls, quién deberá presentar un proyecto al pleno para que éste decida si se atraen o no, y a partir de ahí inicia la discusión de fondo mediante un nuevo turno de los amparos a otro Ministro o al mismo. Resultaría benéfico - vista sobre todo la distorsión informativa -, que se acortara el trayecto de un tema de indiscutible interés para la Nación, pues al final también llegaría al tribunal pleno. La Corte también lucha contra la desinformación y aunque el Canal Judicial de TV cada vez es más visto, no compite con el duopolio televisivo puesto generosamente al servicio de la causa intelectual.

Pero además es inexacto que haya un plazo fatal para recibir el amparo de la justicia federal. Falaz el argumento que mediante el amparo se pueda extender sus efectos a los ciudadanos en general; si la Corte les diera la razón, sólo los amparados podrán contratar propaganda electoral. Tampoco consiguen la adecuación legislativa. Eso no lo logra ni la acción de inconstitucionalidad. Ahí está el caso de la sentencia en contra de la Ley Televisa, resuelta un año y un mes después de presentado el recurso, y desde su publicación el 20 de agosto de 2007, sin reforma legal hasta la fecha.

29 de junio de 2008

Libertad de expresión; libertad de comercio

Pablo Gómez Alvarez

Un grupo de intelectuales ha presentado un amparo ante el Poder Judicial en contra del texto de la Constitución que prohíbe anuncios electorales o que ataquen a los partidos en radio y televisión. ¿Pueden los quejosos, con sus propios recursos, pagar un minuto en tarifa AAA en los canales del oligopolio televisivo? La respuesta sería que no se trata de que ellos paguen sino de la defensa de la libertad de cualquiera. Pero ese cualquiera no existe, es decir, es un puñado de mexicanos, los muy ricos. Nada más.

En otros países no hay derecho de meterse a la televisión para combatir a un partido o promover un candidato más que por parte de los contendientes. Pero, ¿tal cosa es una materia de la libertad de expresión o de la libertad de comercio? Desde el punto de vista de los dueños de los canales y estaciones es una cuestión de la libertad de comercio: poder vender todo el tiempo posible de transmisión. Desde el punto de vista de los ciudadanos, la cuestión reside en la libertad de expresión sólo de quien puede pagar, es decir, una minoría insignificante. Y es, también, la intromisión directa del poder del dinero en los procesos político-electorales.

En nuestro mundo, la libertad de expresión se ha reducido a los dueños de los medios y a los empleados de éstos. Sólo el internet está rompiendo poco a poco ese monopolio. La tendencia ideológica de toda la televisión es la misma, de tal manera que las rendijas que abren canales y estaciones quedan estrechas frente al pluralismo realmente existente en la sociedad. No se trata sólo de la política sino de la cultura en general. Los mensajes predominantes agobian por su unilateralidad, mientras que la prensa –más abierta– sólo alcanza a fijar las noticias pero nunca los principales contenidos.

Las ideas dominantes en la sociedad son las de la clase dominante, decía con razón Antonio Gramsci. Pero en nuestro mundo ese dominio ha llevado a reservar la libertad de expresión a unos cuantos. Dicho de otra forma, se ha reducido la libertad de expresión de la inmensa mayoría. Los canales alternativos de comunicación social son hoy menores, aunque, como dije, se empiezan a abrir con el Internet.

¿Para qué defender el monopolio de esa libertad de expresión en aras de la libertad a secas? La respuesta no podría ser la repetición de la pregunta, es decir, afirmar que se trata de defender la libertad. La respuesta debe alojarse fuera de la pregunta, en el terreno de la libertad de comercio. Es éste el que se ha restringido con la reciente reforma constitucional, pero sólo en los medios concesionados, dejando fuera a la prensa y, naturalmente, al Internet. La radio y la televisión utilizan un medio del dominio de la nación, el espacio aéreo. Por tanto, se puede prohibir la comercialización de la propaganda política sin afectar la libertad de expresión de los concesionarios y sus empleados.

Mientras tanto, se podrá seguir usando la radio y la televisión para atacar con furia o sin ella a quien se quiera, especialmente, claro está, a los más atacados que son los odiosos izquierdistas. Nadie puede callar a un locutor ni a un invitado a un programa, excepto los dueños del canal o la estación. Son éstos quienes sí pueden ejercer la censura cuando quieran. ¡Qué bonita libertad!

La libertad de comercio se ha restringido sólo en la venta de spots. Bajo la actual Constitución, los dueños siguen siendo dueños y tienen el privilegio de llevar a todas partes su mensaje, pero no pueden cobrar por tal actividad más que en la programación normal pero no en anuncios. Es poco aún: en otros países están prohibidos los debates parciales. Son los países donde hay más democracia.

27 de junio de 2008

La burda campaña del duopolio televisivo

Javier Corral Jurado

La SCJN firme en la defensa de la Constitución; gran debate entre Ministros.

* Rechaza la Corte, Acción de Inconstitucionalidad en Reforma Electoral.
- La burda campaña del duopolio televisivo y las mentiras de algunos intelectuales, no la intimidan .

Frente a la campaña de desprestigio y manipulación que se ha puesto en marcha por el duopolio televisivo en contra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y las mentiras descaradas y falsificaciones que despliegan algunos de los intelectuales que participan en el llamado grupo de los 15, es fundamental ir a las fuentes de información original y no dejarse engañar: hay que consultar directamente la versión estenográfica de la sesión de la Corte.

Se está actuando de mala fé. He aquí la versión completa de los argumentos de los Ministros, y la declaración inicial del Presidente de la Corte, Don Guillermo Ortíz Mayagoitia, sobre el tema de la consulta:

México D.F., 25 de junio de 2008.

SOBRESEE PLENO DE SCJN ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA ELECTORAL

• El presidente de la SCJN ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, informó que no se realizaron audiencias públicas sobre el tema, porque primero habría que determinar si esas acciones eran procedentes o improcedentes.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Convergencia y Nueva Alianza contra la reforma en materia electoral, debido a que las acciones son improcedentes por no ser un medio de control constitucional para impugnar reformas a la carta magna.

Ello, debido a que el procedimiento de reforma constitucional no es susceptible de control jurisdiccional, porque lo encuentra en el propio procedimiento legislativo del Congreso de la Unión y las legislaturas locales.

Se determinó, además, que la acción de inconstitucionalidad es un medio para controlar la constitucionalidad de leyes ordinarias, más no de la Constitución federal.

Asimismo, se precisó que la acción de inconstitucionalidad es improcedente porque los partidos políticos tienen delimitado estrictamente el ejercicio de ese medio de control constitucional en leyes electorales federales o locales.

Al iniciar la sesión, el presidente del Tribunal Constitucional, ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, informó que no se realizaron audiencias públicas sobre el tema, porque primero habría que determinar si esas acciones eran procedentes o improcedentes.

Por técnica procesal y jurídica, explicó, era necesario dejar en claro si se daba origen a un juicio de constitucionalidad o debían desecharse las acciones, y precisó que la Presidencia del Alto Tribunal recibió diversas peticiones de audiencias públicas sobre el tema.

El ministro Ortiz Mayagoitia destacó que en el Alto Tribunal se da un trato equitativo a todos los promoventes, sin distinción alguna, y en todos los casos que se resuelven se da el mismo proceso.

Publicidad gubernamental, gasto sin control

Andrea Recúpero

El gobierno argentino invirtió 317 millones 85 mil 94 pesos (unos 100 millones de dólares) en publicidad oficial durante 2007, 51% más que en 2006. Además, se excedió en 56% en el presupuesto previsto para ese rubro el año pasado, que era de 202 millones 792 mil pesos (casi 64 mdd). Toda esta inversión se realizó sin controles y en ausencia de una ley que regule la distribución de los fondos de manera ecuánime entre los medios nacionales y provinciales.

El incremento del gasto en publicidad oficial “es una tendencia que se refleja desde hace años y que las autoridades justifican aludiendo a la inflación”, explicó Ramiro álvarez Ugarte, integrante delárea de Libertad de Expresión de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), una ONG no partidaria que desde 1995 se dedica a la defensa de los derechos civiles y humanos.

Para ratificar la tendencia basta observar las cifras plasmadas en las planillas de inversión que suministra la Secretaría de Medios del Estado, a través de Télam SE, organismo que se encarga de la colocación de la pauta oficial. Son miles de páginas repletas de números que reflejan la tendencia al alza que tuvo el gasto publicitario en los últimos tiempos. Así, mientras que en 2003 se gastaron 46 millones 267 mil 906 pesos, en 2004 el gasto se duplicó a 99 millones 815 mil 380 pesos, en 2005 fue de 127 millones 462 mil 75 pesos y en 2006 superó los 200 mdp.

Del análisis de los datos surge que en los primeros diez meses de 2007, el Poder Ejecutivo ya llevaba gastado un 29% más del total invertido en 2006 y estaba excedido un 33% del presupuesto original pautado. Además, el mes de octubre demandó la mayor inversión de todo 2007, fundamentalmente por la campaña “Padrones Electorales”, impulsada en ocasión de laselecciones generales celebradas ese mes, que demandó 11 millones 238 mil 41 pesos.

En ese contexto, un informe deADC sobre los gastos subraya que en el periodo previo a las elecciones“subsistieron algunas campañas del Poder Ejecutivo que cabe cuestionar por destacar, sin justificación aparente, la figura de funcionarios públicos u organismos departamentales”. En octubre de 2007 fue elegida presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, hasta entonces primera dama.

Otra de las características verificadas en 2007 es que la inversión publicitaria directa, es decir la invertida directamente en medios específicos, sin pasar por intermediarios como productoras o agencias de publicidad, en el rubro diarios, revistas, radios y canales deTV tendió a concentrarse en medios de la ciudad de Buenos Aires y de distribución nacional. Las provincias que recibieron más pauta del gobierno nacional en forma directa, además de Buenos Aires, fueron Córdoba, Santa Fe, Mendoza y Santa Cruz, en orden decreciente.

Censura sutil

Aunque los datos de la inversión publicitaria que realiza el Poder Ejecutivo y los organismos descentralizados estatales son de acceso público, las planillas con las cifras no están disponibles en ningún sitio oficial. Sin embargo, por ley, deben ser entregadas a todo aquel ciudadano o entidad que las solicite.

Hace varios años organismos y ONGs independientes que investigan la gestión estatal solicitan esos datos, los analizan e insisten en la necesidad de crear un marco legal para transparentar la distribución de esos fondos públicos, como sucede en otros países. Por ejemplo, Perú y España, que sancionaron recientemente leyes para garantizar la racionalidad en la distribución de publicidad oficial. También el gobierno de Uruguay reunió en 2006 a representantes de medios, ONGs y funcionarios para comenzar a discutir un marco legal; mientras la Cámara de Diputados de Chile creó una comisión especial para investigar los criterios y mecanismos que utiliza el gobierno para pautar en los medios de comunicación.

“La falta de reglas promueve decisiones arbitrarias y facilita el uso de la pauta oficial como instrumento de presión política”, dice el documento “Principios básicos para la regulación de la publicidad oficial”, una serie de enunciados generales a partir de los cuales se invita a pensar modelos concretos de regulación de la pauta oficial enArgentina. El documento, elaborado por ADC con la colaboración de periodistas reconocidos y especialistas en derecho, ya fue discutido en talleres realizados en varias provincias argentinas, entre ellas Córdoba, Neuquen, Río Negro y la más austral, Tierra del Fuego, con la participación de cooperativas y asociaciones locales.

El documento subraya la “existencia de presiones a medios de comunicación y periodistas ejercidas mediante la asignación o el retiro de pauta publicitaria estatal” y califica ese mecanismo como “censura indirecta”, un asunto que es eje de debate en todo el mundo y en especial en América Latina. “Eso refleja una realidad en la que los métodos más frontales y directos de presión gubernamental –como el cierre de medios, los ataques físicos y asesinatos, o los procesos judiciales contra periodistas– han declinado en pos de mecanismos más sofisticados, más complejos ymenos visibles para silenciar las voces críticas”, subraya el texto.

Esas prácticas de “censura sutil” consisten, según detalla el documento, en asignar o retirar pautas publicitarias para beneficiar a medios y periodistas afines o castigar a los críticos y condicionar, de ese modo, el contenido de sus expresiones.

En ese sentido, la Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe específicamente la restricción de la libertad de expresión“por medios indirectos”. También, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, adoptada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en octubre de 2000, establece que “la utilización del poder del Estado y los recursos dela hacienda pública; la concesión de prebendas arancelarias; la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y créditos oficiales; el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión, entre otros, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atentan contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley”. Finalmente, laDeclaración de Chapultepec, adoptada en marzo de 1994 por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión celebrada en México, estatuye que la “concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas”.

Álvarez Ugarte destacó, en diálogo con etcétera que “no hay un criterio claro” para el reparto de la pauta oficial, “ni siquiera hay un estudio de mercado” que avale una determinada distribución de esos fondos. “El desorden de planificación es la regla y no la excepción”, apuntó.

La arbitrariedad es la ley

Según la información entregada por la Secretaría de Medios de la nación, en 2007, el gobierno nacional orientó la mayor parte de su presupuesto publicitario al rubro gráfica, donde invirtió 36% del total gastado, seguido por TV, con 19%, y radio, con 17%.

Al mismo tiempo, la distribución de la pauta por rubro fue arbitraria y favoreció a los grandes medios en detrimento de los más pequeños, en casi todos los casos. Por ejemplo, según datos del mes de septiembre de 2007 a los que accedió etcétera, dentro del rubro gráfica, el diario Clarín, el de mayor circulación, recibió ese mes en concepto de publicidad oficial alrededor de dos millones 421 mil pesos, mientras La Nación, el segundo diario, concentró casi un millón 370 mil pesos. Página12, en cambio, un diario con menos lectores que La Nación, recibió una pauta mayor, que rondó sólo en septiembre de 2007 casi un millón 800 mil pesos. Los diarios más pequeños recibieron entre 200 mil y 500 mil pesos mensuales.

“Son criterios discriminatorios y de amiguismo”, denunció álvarez Ugarte al ser consultado sobre los motivos por los cuáles el gobierno decide invertir más en un rubro queen otro e, incluso, otorgarle más publicidad a un medio que a otro. En algunos casos, como el de la Editorial Perfil, que publica quincerevistas y un matutino de circulación nacional los fines de semana, el gobierno federal decidió retirarle la pauta oficial. “Lo que recibe cada medio no se relaciona con un parámetro objetivo”, describió el analista para sintetizar la “subjetividad” que impera a la hora del reparto.

En junio de 2006, la Editorial Perfil presentó un amparo para que el gobierno del entonces presidente Néstor Kirchner dejara de excluirla en el reparto de publicidad oficial y para que los periodistas de sus medios tuvieran acceso a información que, denunciaron, tienen aún vedada. Sin embargo, como en Argentina no existe una ley que regule la distribución de esos fondos,la justicia no puede decirle al gobierno en qué medios pautar. Desde entonces, periodistas argentinos reconocidos como Jorge Lanata, Nelson Castro, Pepe Eliaschev, Mónica Gutiérrez y Joaquín Morales Solá, entre otros, respaldaron la presen-tación judicial, avalada además por ADC. “Es en defensa de todos”, sin-tetizó Lanata, creador de dos diarios argentinos, Página12, del que se apartó años atrás y del flamante Crítica de la Argentina, lanzado al mercado en marzo pasado.

En el amparo, Perfil le pidió al Ejecutivo que cese “de modo inmediato con su política discriminatoria con relación a la exclusión ex profeso de la pauta publicitaria oficial a la Revista Noticias, a la Revista Fortuna y al Diario Perfil.”

Sin ahorrar críticas al gobierno, todos los periodistas que apoyaron la presentación de Editorial Perfil coincidieron en el reclamo “por el manejo arbitrario” de la pauta oficial y en la restricción para acceder a la información que padecen algunos periodistas. “Pareciera que vamos a una semidictadura”, graficó el filósofo Juan José Sebrelli, mientras el periodista de La Nación Héctor D’Amico consideró que lo que hace el gobierno al no darpublicidad es “domesticar a los medios”.

En ese marco, el director de Editorial Perfil, Jorge Fontevecchia, denunció que “los gobiernos provinciales tienen los mismos vicios”, loque calificó de “más grave”, ya que en algunos lugares la publicidad oficial es de 75%. “No reclamamos dinero, es una cuestión principista”, dijo el editor al aclarar por qué decidió presentar el amparo.

Un caso que puede sentar jurisprudencia a favor de Perfil, según los juristas, es el fallo de la Corte Suprema de Justicia en favor del diario Río Negro, que denunció al gobierno de la provincia de Neuquén “por criterios discriminatorios” al pautar en los medios de comunicación. La Corte determinó que no se puede prohibir la publicidad oficial en los medios cuando difundan noticias contrarias a la política gubernamental, como lo hizo –según la denuncia– el ex gobernador neuquino Jorge Sobisch. Tras ese fallo, la justicia obligó al gobierno neuquino a distribuir la publicidad oficial “sin manipularla” y “sin usarla como un modo indirecto de afectar la libertad”.

Proyectos en suspenso

Actualmente, seis proyectos de ley de regulación de la publicidad oficial están vigentes en el Congreso Nacional, pendientes de avances en la comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados, donde en las últimas semanas las labores se incrementaron porque elgobierno impulsa la creación de un Observatorio de Medios y una modificación de la Ley de Radiodifusión vigente en el país desde la dictadura (1976-1983).

La mayoría de los proyectos ingresaron al Parlamento entre 2006 y 2007, y coinciden en reclamar una distribución de la publicidad oficial “transparente, justa y equitativa, entre los diferentes medios, garantizando la libertad de prensa y el pluralismo informativo”. Los borradores proponen criterios para la asignación de la pauta basados en mediciones de circulación para los medios gráficos o de audiencia en el caso de la televisión, la radio e Internet; y algunos hasta sugieren que la contratación se realice por medio de licitación pública. Para asegurar la “transparencia”, los autores proponen la publicación en la Web y/o en el Boletín Oficial de presupuestos y contratos, así como un informe anual a las comisiones parlamentarias encargadas del futuro control.

Por ahora, según fuentes parlamentarias, los proyectos están postergados. Aunque los diputados de la comisión de Libertad de Expresión buscan aunar criterios que permitan un acuerdo, el oficialismo está ocupado en otro tema: presentar un proyecto de Ley de Radiodifusión en el Congreso que reemplace a la norma vigente, aprobada en 1980. Incluso el gobierno no parece interesado en el asunto,a pesar de que el 15 de abrilla Justicia pidió la declaración indagatoria del secretario de Medios de Comunicación, Enrique Albistur, sospechoso de haber distribuido publicidad oficial “en su propio beneficio”. Se le im-puta el delito de negocios incompatibles con el ejercicio de la función pública, que el Código Penal castiga con penas de uno a seis años de prisión. El funcionario, sin embargo, aseguró que la denuncia en su contra está “totalmente ba-sada en falsedades”.

En ese marco, la Fundación Poder Ciudadano y la Asociación por los Derechos Civiles fueron invitadas por la comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados para opinar sobre los proyectos que se están analizando. Ambas ONGs remarcaron la distorsión entre el presupuesto establecido y el gasto ejecutado, la falta de equilibrio en la asignación de publicidad en todos los medios, nacionales y provinciales, municipales y barriales, y la utilización de la pauta oficial con fines propagandísticos de los gobiernos deturnos, así como la ausencia de difusión de los gastos en publicidad de cada organismo del Estado.

“La problemática de la publicidad oficial vincula varias cuestiones que deben ser consideradas a la hora de legislar en la materia: el acceso a la información pública, la difusión de los actos de gobierno, el manejo transparente de los recursos públicos y la libertad de expresión”, precisó ante los diputados Laura Alonso, directora ejecutiva de Poder Ciudadano. Según la especialista, el contenido de la publicidad oficial “debe serde interés público y no debe contener nombres propios ni estar firmada por funcionarios de turno”, tal como ocurrió –recordó– con la publicidad del ex jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Jorge Telerman, que llevaba la leyenda: “gestión Telerman”.

Por último, cabe destacar que –según funcionarios de la agenciaestatal Télam– lo que declara “invertido” o “gastado” el Estado no coincide necesariamente con el monto facturado por los medios de comunicación en concepto de publicidad oficial durante el año. Aparentemente, eso ocurre por-que hay avisos que finalmente no se emiten, por cuestiones de programación y que por lo tanto, el Estado no paga. Por otra parte, el Estado suele demorar bastante en pagar las publicidades acordadas, un mecanismo que recién se activa cuando el medio beneficiario de la pauta envía a Télam una certificación de que el aviso fue emitido o publicado.


Los días y los medios

Abril

24 Tras perder la concesión de la 1560 AM, Grupo Monitor logra un acuerdo con la estación La Nueva Pop –antes Radio Chapultepec– para transmitir sus contenidos por la 560 AM.

26 El suplemento cultural “Confabulario” de El Universal se publica por última vez.

29 Por contravenir la legislación electoral sin causa justificada al no transmitir los mensajes de los partidos políticos en tiempos oficiales, el IFE impone a TV Azteca una multa de aproximadamente cinco millones 200 mil pesos.

Presidencia lanza a través de su portal electrónico un canal de televisión en el que se transmite diariamente un noticiario a propósito de las actividades de Felipe Calderón. La emisión también se puede sintonizar en el canal Aprende TV.

Mayo

5 Carlos Slim entra en la batalla por el control del diario británico The Independent, al adquirir participación en la sociedad matriz del periódico.

El IFE abre un nuevo proceso contra TV Azteca por haber suspendido la transmisión de programas de cinco minutos a los que tiene derecho mensualmente cada partido político. Con éste ya suman tres los procedimientos de la autoridad contra la televisora del Ajusco por desacatos a la legislación en la materia. La televisora se niega a recibir las notificaciones correspondientes.

7 TV Azteca desacata el ordenamiento del IFE que instruía comenzar a transmitir los promocionales de 20 segundos de los partidos políticos.

8 Un juez de distrito concede a TV Azteca la suspensión provisional respecto de la multa de cinco millones 200 mil pesos que le fue impuesta; sin embargo, queda intacta la orden de reponer dichos tiempos.

12 El presidente Felipe Calderón pide a los medios que divulguen las acciones del gobierno en materia de seguridad y que no compartan la estrategia de los narcotraficantes de sembrar terror en la población.

13 TV Azteca comienza a transmitir los spots de los partidos políticos.

La Cofeco autoriza la compra de Cablemás a Televisa, con la condición de que ésta ofrezca sus contenidos a cualquier concesionario que lo solicite. No obstante lo anterior, Televisa ha negado su señal a MVS y Telecable Centro Occidente.

14 La Cofetel da a conocer los Lineamientos para la Transición a la Radio Digital Terrestre para las estaciones ubicadas en la frontera con EU.

15 Televisa interpone un amparo contra las recientes reformas al Cofipe que impiden a particulares contratar propaganda electoral, por considerarlas inconstitucionales.

16 Luego de un receso de dos años, la revista de fotografía Luna Córnea reaparece con una magna edición de 500 páginas.

21 En cumplimiento con lo dispuesto por la SCT, Telmex inicia la interconexión de GTM, filial de Telefónica México, que ofrece servicios de telefonía fija.

23 Estalla la huelga en Grupo Monitor ante la falta de acuerdo sobre el pago de las quincenas que adeuda José Gutiérrez Vivó a los trabajadores.


26 de junio de 2008

Otra victoria moral y jurídica de la lucha contra la Ley Televisa.

Javier Corral Jurado

Este día se ha conseguido una nueva victoria moral y jurídica frente al abuso que constituyó la Ley Televisa y la conformación amañada de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, integrada en cuatro de sus cinco nombramientos por personeros del duopolio televisivo, declaró el presidente de la AMEDI, Javier Corral Jurado.

Sin embargo, acotó, la resolución de la SCJN que ampara a Rafael Del Villar Aldrich y Gonzalo Martínez Pous y les restituye su nombramiento como comisionados de la Cofetel, sólo resarce en parte el daño que se infringió a la autonomía e independencia de ese órgano regulador estratégico para las telecomunicaciones y la radiodifusión de nuestro país.

Expuso que “si el titular del Poder Ejecutivo Federal es consecuente con el postulado de hacer de nuestro país un Estado Democrático de Derecho, no puede seguir eludiendo los efectos de la sentencia contra la Ley Televisa publicada el 20 de agosto de 2007 y, conforme a ella, hacer la remoción de los nombramientos de Héctor Osuna Jaime y Ernesto Gil Elourdy, también polichinelas de las empresas televisoras en ese organismo desconcentrado.

“En la sesión del pleno de la SCJN se han ratificado los criterios de inconstitucionalidad de esos nombramientos, y el Presidente de la República no puede eludir esa discusión, debe dar cumplimiento cabal al mandato judicial, un supuesto distinto lo colocaría en una seria contradicción sobre el Estado de Derecho que se postula”.

Desde el año pasado hemos insistido en que éstos, y no otros, eran los efectos derivados de la inconstitucionalidad de la ley televisa, en particular de la invalidación del segundo párrafo del artículo 9-C, pero el Ejecutivo federal ha preferido condescender con las televisoras antes que recuperar para el gobierno un órgano que le pertenece al estado y no a los particulares, agregó.

Y subrayó que “Hoy no existe ninguna duda sobre la posibilidad que el Presidente tiene para en uso de sus facultades, remover a los comisionados que carecen de constitucionalidad en su nombramiento”.

Reiteramos que la sentencia publicada hace poco menos de un año, y lo resuelto el día de hoy, coinciden con el criterio de la SCJN que se expresa en la Jurisprudencia 32/2006 que indica que al declarar la invalidez de una norma general: “...deberán extender sus efectos a todas aquéllas normas cuya validez dependa de la propia norma invalidada, sean de igual o menor jerarquía que la combatida, si regulan o se relacionan directamente con algún aspecto previsto en ésta, aún cuando no hayan sido impugnadas...” .

Por ello, el 22 de agosto de 2007, sostuvimos que, “los efectos de la declaratoria de invalidez constitucional se extienden hacia los actos que deriven directamente del artículo inválido, tal y como lo ha señalado la Corte en la jurisprudencia anteriormente citada y en el voto particular del Ministro Góngora, por lo que si se decretó la invalidez del artículo 9-C, la misma suerte siguen los nombramientos de los comisionados en funciones”, señaló Corral Jurado.

“Exigimos la remoción de todos, no sólo de los que hoy existe sentencia de amparo por parte de la SCJN”, remarcó.

Nos queda claro que, conforme la sentencia del día de hoy, lo actuado por los comisionados en funciones hasta la publicación de la Resolución en el DOF, sigue teniendo plena validez jurídica, dijo el presidente de la Asociación Mexicana del Derecho a la Informacion.

Comentó que por otra parte quedó en evidencia la penosa actuación que la Procuraduría General de la República tuvo en el juicio de garantías que promovieron Del Villar y Martínez Pous, y queda al descubierto con toda claridad los intereses a los que sirve Eduardo Medina Mora, quien se colocó abiertamente a favor de las empresas televisoras y promoviendo desde su representación actos en contra del legítimo interés de los quejosos.

Y lanzó el reto: “La pregunta es obligada, ¿Lo hizo con autorización del Presidente de la República?. Quizá los medios de comunicación puedan conseguir esa respuesta”.

“Lo que cierto es que se vuelve a imponer el valor civil y el sentido de responsabilidad de quienes optan por luchar y hacer uso de las vías judiciales en contra de los abusos y las complicidades del poder político y del poder económico en nuestro país”, concluyó.


Faltó consenso en Senado para Ley de Medios

El coordinador del PAN en la Cámara de Diputados, Héctor Larios, afirmó que el Congreso de la Unión no se "echó para atrás" en la Ley de Medios que quedó pendiente el periodo extraordinario pasado.

En entrevista, afirmó que el motivo fue la falta de consenso entre los legisladores pero en el Senado.

Ayer, el presidente del Senado, Santiago Creel (PAN), reconoció que "fallaron" en la aprobación de esa disposición legal.

Al respecto, su compañero de partido dijo que se esperaron el viernes hasta las ocho de l a noche para intentar construir un acuerdo, el cual nunca llegó.

"Nosotros en la Cámara de Diputados estábamos atentos a ver si se construía ese acuerdo y no nos llegó. No es que el Congreso se haya echado para atrás, no hubo posibilidades de construir un acuerdo que juntara una mayoría", dijo.

Larios consideró que el PAN en el Senado está unido.

25 de junio de 2008

Decimoquinto aniversario de Canal 22

La televisión cultural no puede ser imitación velada de la comercial.

Carmen García Bermejo

La televisión cultural no puede ser imitación velada de la comercialA pesar de que un alto promedio de su programación está catalogado por los teóricos de la comunicación como "telebasura", la televisión comercial capta el 97 por ciento de la audiencia. Pero la televisión cultural no puede medirse con el criterio cuantitativo del rating, sino de su función educativa vinculada a las necesidades reales del tejido social.

La celebración de los XV años del Canal 22 ha resultado fructífera para el análisis de los medios electrónicos de comunicación debido a que especialistas de diferentes países han discutido el tema en el Encuentro Internacional de Cultura y Medios que durante el mes de junio se ha desarrollado en el Centro Nacional de las Artes. Cerca de 40 ponentes de América Latina y Europa han expuesto la función de los medios de servicio público en donde está enmarcada la televisión educativa y cultural que, en algunas naciones, es incipiente y, en otras, se enfrenta al reto de no ser desdibujada por el esquema de la televisión comercial.

El 23 de junio de 1993 surgió el Canal 22 a petición de la comunidad cultural, que entonces solicitó a Carlos Salinas de Gortari que no privatizara esta emisora, como lo hizo con Imevisión. Tres lustros después, justo hace dos días, el lunes 23 de junio de 2008, culminó el Encuentro Internacional con el que se festejaron los 15 primeros años de esta televisora. Aunque la magna fiesta del canal quinceañero será mañana con un gran banquete.

La iconocracia del mundo moderno

En tanto, con la conferencia magistral de Román Gubern -teórico de la comunicación, historiador de cine y catedrático emérito de comunicación audiovisual en la Universidad Autónoma de Barcelona- y con la mesa de trabajo "Autorregulación y medios" se cerró esta reunión internacional de cultura y medios en donde la discusión se centró en el papel de la televisión publica frente al sistema del libre mercado.

En ese sentido, la exposición de Román Gubern es contundente al señalar que la cultura audiovisual contemporánea se ha bifurcado entre la tendencia centrípica; es decir, el reino de la música anglosajona, el cine de Hollywood y el poder mediático; y la tendencia centrífuga; es decir, la diversificación: las televisoras locales, el videoarte, la Internet y todos los sistemas alternativos que fragmentan el monolitismo y la homogeneidad.

Sin embargo, el también autor de Patologías de la imagen y Medios iconos de masas asegura que la globalización ha producido una confusión de lo lejano y lo cercano. Todo parece cercano, aunque sea lejano. Ésa es la lógica de la ficción globalizadora que obedece a razones mercantiles. Esto es, a cadenas de mercado donde se diseminan estilos de vida, valores, conceptos, etcétera. En resumen, el corolario de la globalización es la aparición de nuevos fenómenos llamados localización; es decir, la producción global de lo local. La reproducción local de los esquemas, modelos, arquetipos, de la globalidad dominante.

Gubern se pregunta: "¿Cuál es la réplica ante este fenómeno mediático universal? A mi juicio es la verdadera cultura intersticial, aquella que ocupa los intersticios que los grandes intereses financieros y políticos dejan de lado, descuidados, porque no son rentables, porque no interesan. La cultura intersticial es aquella que ocupa los espacios de la cultura global dominante. Ahí abandonamos los conceptos clásicos, el star system, el glamour, el lucro... En esa nueva batalla por la cultura de masas, las radios y las televisoras públicas deben atender las necesidades reales del tejido social local. En ese sentido, la televisión educativa está en un frente de batalla por la civilidad, en construir redes de sustentación comunicativa que sirvan para fortalecer una sociedad más justa".

El también autor de Un cine para el cadalso / 40 años de censura cinematográfica en España agrega que hoy en día el espectador consume lo que le han enseñado a engullir previamente, lo cual provoca que las audiencias se hagan adictas a determinados formatos televisivos: "Con este mecanismo, la televisión construye la iconocracia del mundo moderno; es decir, la hegemonía de representaciones visuales en el imaginario social. Antes de esta iconocracia hemos tenido la fonogenia, la era de la radio que produjo vocalistas como Frank Sinatra; la fotogenia producida por el cine y la telegenia de la televisión, la cual es la base de la telecracia que se extiende a diferentes ámbitos que antes no eran estelares como, por ejemplo, el deporte, la política, las revistas del corazón... los cuales genera sujetos carismáticos que han servido para legitimar a caudillos y tiranos como Francisco Franco, en España. Caudillismo que se basa a nivel local, estatal o nivel hasta en el rock."

Pero Gubern asegura que en este esquema se produce un nuevo formato televisivo llamado reality show que conduce a la telerrealidad con el programa Big Brother. Esto genera un nuevo star system no basado en la medio- cracia, como el cantante, el deportista o el político, sino en la intromisión de lo vulgar: "Big Brother -asevera- ha prostituido algo que nos emocionó hace 30 años cuando vimos las películas de Antonioni y descubrimos la belleza poética de los tiempos muertos. Pero llegó el Big Brother y nos saturan esos tiempos muertos con telebasura."

El teórico de la comunicación observa que estos ejemplos sirven para recordar que las industrias culturales también son industrias emocionales. Sobre todo cuando el darwinismo y la biología evolutiva han demostrado que las emociones gratificadoras son efímeras y las emociones negativas son duraderas: "Es aquí -indica- donde aparece la conexión con los medios masivos de comunicación, mismos que se convierten en diseminadores de placer, en industrias emocionales. Es- to es, los medios como diseminadores de placer."

Mediación de la inteligencia

En el Encuentro Internacional de Cultura y Medios uno de los temas a discutir fue el de los "Nuevos formatos televisivos". Tom Koch, director del área internacional de la WGBH, una de las televisoras públicas más importantes de Estados Unidos, explica que hasta muy tarde la compañía para la que trabaja se convirtió en una mina de oro de formatos televisivos, ya que durante muchos años produjeron programas que, de pronto, se volvieron formatos para todos los demás.

Koch advierte que en la actualidad se puede pensar en cualquier cantidad de formatos televisivos prefabricados, como los presentados por programas como American Ido, Quién quiere ser millonario o Big Brother. Lo interesante es que esos formatos de reality shows, de concurso u otros se prestan muy bien para ser formateados, repetidos y vendidos una y otra vez en el mundo entero al estilo mexicano, europeo, canadiense o francés. Son piezas intercambiables.

Sin embargo, el también productor estadounidense se pregunta: "¿Estos formatos tienen algún contenido? No lo sé. Es verdad que tienen grandes audiencias, pero no sé dónde reside el contenido, sobre todo con sentido social. Yo trabajo en una televisora de servicio público, no en una televisión comercial; es decir, no buscamos el rating, aunque me gusta tener audiencia, propiciar la conversación, no esas charlas de a ver si tal o cual va a ganar el concurso de canciones, sino que estamos en medio de la discusión política y cultural, de la discusión acerca de lo que pasa en Estados Unidos y en el mundo. Ahí es donde estamos. Sin darnos cuenta quizás hemos creado diversos formatos diversos. Pero, ahora, hemos optado por una programación más grande, más profunda, seria y amplia. Por eso nuestros programas dedican más valor de producción a la investigación de un tema en específico que a agradar a la audiencia para conquistar su atención."

Koch asegura que el interés de la WGBH es profundizar hasta encontrar la esencia del tema que pretenden comprender: "Queremos ir detrás de los encabezados de los periódicos -precisa- para ver lo que sucede en realidad. Curiosamente ya somos la única televisora pública que le apuesta a esto. La BBC de Londres ha abandonado esta tarea y los australianos desistieron, al igual que los canadienses. Considero que las condiciones sociales dan para eso y más. Este trabajo nos está llamando a gritos a los medios públicos. Nosotros podemos ser la voz de la conciencia, ser quienes aporten el formato auténtico del periodismo, de los nuevos documentales y los grandes programas."

Las experiencias de otros países también se expusieron en este Encuentro organizado por el Canal 22 al tratar el tema "Televisión pública en México y en el mundo". En este contexto, el brasileño Jorge da Cunha -presidente del Consejo Ejecutivo de TV Cultura- asegura que un pueblo sin cultura no puede ser un pueblo educado. En su país la televisión cultural fue creada hace 40 años, en plena dictadura militar, pero como una fundación de derecho privado a la que el gobierno se comprometió a aportar los recursos, pero no a dictar los contenidos. Para eso consolidaron un consejo representativo de la sociedad que, a su vez, elige a un presidente ejecutivo del canal. Así, esta TV Cultura de Brasil es un medio capitalizado y dirigido por y para la sociedad.

Da Cunha considera que la misión de la televisión pública es la formación crítica del telespectador a partir de la cultura, la educación, la información y los libros. Esto es, el hombre formado es exactamente, como lo dice el Popol Vuh, el ciudadano crítico, el cual va a definir el futuro de la TV pública: "Por lo general -añade- se cree que la naturaleza de la televisión pública es el entretenimiento y el espectáculo. Pero de esos programas está colmada la televisión comercial porque son eventos y mensajes que van directamente a las entrañas; es decir, no pasa por la mediación de la inteligencia. La televisión pública no puede conformarse con ser entretenida. Debemos apostarle a que todo lo que hagamos en este medio público debe pasar por la inteligencia del hombre para que la sociedad pueda elaborar su conciencia crítica. A partir de este principio, la TV pública podrá surgir como una alternativa a la comunicación del libre mercado, de hacer una comunicación de ciudadanía."

El también cofundador de la Red de Televisiones de Lengua Portuguesa subraya que la televisión pública tiene el gran desafío de servir de instrumento para la reconducción de "un mundo triste" que ha manejado el progreso basado en la destrucción de la naturaleza y en la indiferencia de la mente humana: "Esta es una fiesta de la responsabilidad -afirma-. La televisión cultural no puede ser la imitación velada de la televisión comercial. Tenemos que con- tar con nuestro propio carácter de televisión pública y republicana. Para esto hay dos caminos: crear consejos representativos de la sociedad y dar el 40 por ciento de la producción a los productores independientes de toda la nación. Hoy en día sólo existe una participación de mercado en las televisiones comerciales, pero no una interactividad entre los medios públicos con las nuevas tecnologías."

Estupidizar al ser humano

Uno de las televisoras culturales más jóvenes de América Latina es Canal Encuentro de Argentina, un país que -a pesar de la tradición que ha tenido en educación- no contaba con un medio de comunicación de esta naturaleza hasta hace apenas dos años. Tristán Bauer, director de esta emisora, comenta que el Canal Encuentro irrumpe en un sistema que proviene de una historia muy trágica. Por un lado, de una de las dictaduras militares más feroces que vivió Latinoamérica, donde se utilizó la televisión y los otros medios de comunicación para implantar esa cultura del terror y del miedo. Después llegaron los gobiernos neoliberales que llevaron al país a una crisis económica que explota en 2001.

El también cineasta comenta que durante ese periodo se implementó el sistema del libre mercado. Los directivos a cargo de la televisión comercial usaron entonces el espectro radioeléctrico que pertenece a todos los argentinos para poder implementar ese modelo neoliberal dentro de la cultura de la sociedad: "Señales utilizadas fundamentalmente, como sigue ocurriendo hoy en la televisión comercial de mi país, para estupidizar al ser humano y transformarlo no en un ciudadano, sino en un consumidor."

Bauer agrega que, paralelamente, el gobierno pauperizó a las televisoras públicas. Esto es, aunque nunca consiguió privatizar el Canal 7 de Argentina, su funcionamiento se mermó al recortarle su presupuesto e intervenir en la vida sindical. Aunado a ello, su programación se puso al servicio de la cultura del libre mercado. Acciones con las cuales quedó absolutamente desmantelado, al igual que las televisoras públicas de provincia y las regionales: "Éste es el marco -apunta- en que aparece una nueva reflexión sobre la función de los medios públicos en Argentina. Hoy estamos viviendo un momento apasionante. Por primera vez discutimos una nueva ley de radiodifusión porque la legislación vigente es una herencia de la dictadura militar."

Pero Bauer también describe el desafío al que se enfrentan para consolidar una nueva ley. Sobre todo porque los medios de comunicación privados están en manos monopólicas, como el Grupo Clarín, cuyo dueño también lo es del periódico de mayor tiraje en Argentina, del canal comercial de televisión abierta con el rating más alto y del 80 por ciento de la red de televisión por cable que cubre todo el país: "Quienes hacemos televisión pública en América Latina -afirma- tenemos la responsabilidad de conducir este medio a un verdadero instrumento de transformación social, un arma cultural con una potencia extraordinaria. La televisión comercial es una televisión perfectamente construida para cumplir con el cometido de transformar al ciudadano en un consumidor. Frente a eso la respuesta tiene que estar en la televisión pública."

La presión de la publicidad

Otro caso, aunque distinto, no muy lejano a lo que sucede en las televisiones públicas de América Latina es el del Canal Arte de Francia. En la mayoría de los países europeos, la televisión surgió como medio de servicio público. Es decir, la televisión comercial no fue la que se apropió del espectro radioeléctrico sino los medios públicos. Por ejemplo, de 1945 a 1985 en Francia sólo existían televisiones públicas, no había TV privada. Fue hasta 1985 cuando apareció Canal Plus. Sin embargo eso provocó que, en 1986, el gobierno privatizara un canal de televisión pública: el TF1 que es, ahora, el medio dominante de la televisión francesa como canal comercial. A partir de ahí la televisión comercial deglute, poco a poco, a la televisión de servicio público.

Ahora la TV comercial cautiva al 40 por ciento de la audiencia y la TV pública -conformada por Televisión Francesa (con sus cinco canales) y Canal Arte- obtiene el 37 por ciento de los espectadores. Esto parecería equilibrado. No obstante, Andrè de Margerie, director del departamento internacional de Canal Arte de Francia, plantea una situación distinta: comenta que su cadena surgió de una doble necesidad, la de luchar contra la desaparición progresiva de los programas culturales en los canales con mayor audiencia y la necesidad de mantener vivos a los medios públicos.

De Margerie explica que, en su país, la televisión pública está financiada con los impuestos de los ciudadanos y también con ingresos de publicidad. Pero ahora lo que sucede es que, bajo la presión de la publicidad, los programas culturales se transmiten cada vez más noche con la tendencia a desaparecer: "En ese sentido -continúa- el gobierno decidió, entre 1988 y 1990, establecer un espacio que no se rigiera bajo la presión publicitaria. Así surgió Canal Arte. La segunda decisión fue que, con el surgimiento de la Unión Europea, se hizo un convenio de producción entre franceses y alemanes para producir una televisión común. Ambos países aportaron 350 millones de euros por año en partes iguales (mitad y mitad). Esto nos dio vitalidad y nos sacudió las presiones publicitarias."

Pero De Margerie precisa que hace un mes Nicolas Sarkosy -presidente de Francia- decidió que el ingreso por publicidad sería retirado de la televisión pública. Esto significa que los medios no comerciales dejarán de recibir un tercio de su presupuesto: "Si de un año para otro se retiran esos ingresos -asevera- no sé lo que va a suceder con los medios públicos. Estaremos realmente ahorcados porque son 800 millones de euros los que dejaremos de percibir. El presidente no va a incrementar el presupuesto audiovisual con el que se sostienen los medios públicos. Así es que entramos a un periodo muy peligroso porque no conocemos bien si hay un plan detrás de esta decisión, y si es que los siete canales públicos van a ser reducidos o si alguna salida puede encontrarse para compensar el recorte."